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martes, 16 de febrero de 2016

La garantía de privacidad favorece la competitividad en UE


Como ya sabemos, se espera que en junio de 2018 entre en vigor el Reglamento General sobre Protección de Datos de la Unión Europea, donde la privacidad por diseño es uno de los requisitos imprescindibles.

En diciembre del pasado año, los Estados de la UE confirmaron el acuerdo con el Parlamento Europeo y la Comisión Europea sobre el nuevo paquete legal en protección de datos.

De este modo, si una empresa que procesa datos personales como parte de su negocio tiene una fuga de información personal relevante, deberá avisar rápido a la Agencia de Protección de Datos del país pertinente y también comunicar el suceso a los usuarios sea del país que sea dicha empresa.

Actualmente se está trabajando en la traducción del contenido del acuerdo en inglés al resto de idiomas de la UE. Se trata de un trabajo arduo que implica tiempo ya que no pueden alterarse los matices legales de su contenido al pasarlos a otro idioma.

Se prevé que en junio se publique el texto definitivo del Reglamento en el Diario Oficial de la Unión Europea. A partir de entonces, y pasados dos años, entrará en vigor y su aplicación será vinculante para cada Estado miembro.

En la UE la protección de datos en el procesado de información personal es un derecho fundamental. Este nuevo reglamento mejora los instrumentos de control por parte del ciudadano de sus datos personales e incluye nuevos derechos como el de portabilidad de datos vinculado al entorno digital. Además avanza en temas de armonización normativa entre los distintos Estados miembros y clarifica las reglas del juego a las empresas sobre el tratamiento de datos en el entorno europeo.

Otra de las novedades es la obligatoriedad de contratar un Delegado de Protección de Datos en todas las organizaciones públicas (a excepción de los tribunales en ejercicio de la potestad jurisdiccional) y en determinadas organizaciones privadas.
Fuente Efe Futuro

jueves, 22 de octubre de 2015

El TTIP acabará con tu privacidad


El TTIP es un acuerdo comercial entre la Unión Europea y Estados Unidos que pretende equiparar las normativas a ambos lados del océano.

Alejandro López de Miguel y K@osTICa advierten sobre las consecuencias para la privacidad de este acuerdo, puesto que la legislación de EEUU vendría a imponerse a la europea por ser más beneficiosa para los intereses de las multinacinales.

Así, un nuevo estudio comparativo entre las garantías de protección de datos que ofrece EEUU respecto a la UE pone de manifiesto los enfoques jurídicos radicalmente opuestos de ambos. Mientras que en Europa disfrutamos de un marco de protección de los datos personales bastante amplio, en EEUU un ciudadano puede perder todos sus derechos en pos de la seguridad nacional.

Por otro lado, mientras la legislación europea de protección de datos se aplica a todo ciudadano que viva en su territorio, en EEUU un ciudadano europeo en tierras estadounidenses ni siquiera tiene derecho a revisión judicial en caso de que una agencia norteamericana traspase los principios más esenciales de proporcionalidad en el tratamiento de los datos personales.

Así, este informe afirma que la mayoría de las normas de protección de datos de la UE no se pueden encontrar en la ley estadounidense. Un buen ejemplo de ello es la cesión de datos personales entre organismos o, incluso, a terceros con propósitos comerciales.

A pesar de que se habla de un próximo ‘acuerdo paraguas’ entre la UE y EEUU, lo cierto es que la firma del TTIP podría dar al traste con ello, desterrando de nuestro marco normativo aspectos que ahora nos resultan tan esenciales como la supervisión independiente, la regulación de la transferencia de datos y de su intercambio entre organismos, la notificación obligatoria tras brechas de seguridad de datos y el acceso, rectificación y supresión de los derechos de borrado, así como las limitaciones a los intercambios de datos.

Fuente Público.es

martes, 13 de octubre de 2015

Sentencia del Tribunal de la UE sobre protección de datos

La sentencia del Tribunal de la UE sobre protección de datos establece que la EEUU no garantizaba una protección suficiente de los datos transferidos a ese país y solicita a la Comisión que invalide la norma según la cual el territorio era considerado seguro para la intimidad de los ciudadanos europeos desde hace 15 años.

La normativa europea contempla la posibilidad de realizar transferencias internacionales de datos durante la prestación del servicio, pero exige para ello una serie de requisitos. Así, la Ley Orgánica de Protección de Datos requiere como norma general la previa autorización del Director de la Agencia de Protección de Datos.


¿Qué es el acuerdo Safe Harbour?

Se trata de un pacto entre EEUU y la Comisión Europea que permitía a las empresas transferir datos a través del Atlántico. La condición de la UE era que se realizara con países que respetasen el marco legal europeo de protección de la privacidad.

El problema surge cuando este acuerdo obliga a las empresas que voluntariamente se acojan a él, pero no a las autoridades estadounidenses. Éstas pueden seguir ejerciendo sus competencias en base a las leyes de seguridad nacional con que cuentan, las cuales pueden arrollar las garantías que los usuarios obtienen teóricamente gracias al Puerto Seguro.


¿Cuántas empresas se verán afectadas?

Hay más de 4.400 empresas que dependen de este acuerdo. Estas empresas tendrán que reestructurar sus negocios para evitar una infracción de la normativa comunitaria. Las empresas más pequeñas son las que más sufrirán la interrupción de este pacto en Europa.


¿Qué pasará ahora?

Bruselas y Washington han intentado lograr un nuevo acuerdo sobre el asunto. Sin embargo, después de la resolución del Tribunal de Luxemburgo, la Comisión Europea tendrá menos capacidad de maniobra, los eurodiputados controlarán su labor y es muy probable que las negociaciones para alcanzar un nuevo acuerdo duren varios meses.


Para la Agencia Española de Protección de Datos, la sentencia, "cuyas implicaciones marcan un punto de inflexión sobre la forma en la que se realizan las transferencias internacionales de datos a EEUU, reafirma la importancia de la intimidad y la protección de datos", unos derechos "fundamentales que deben gozar de las mayores garantías posibles".

martes, 6 de octubre de 2015

La protección de datos estatal prima sobre la comunitaria


Un ciudadano austríaco, usuario de Facebook, denució, ante la autoridad irlandesa de protección de datos, el trasvase a Estados Unidos de sus datos al considerarlo un país inseguro.

Según el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la Comisión Europea no dispone de competencia para restringir las facultades de las autoridades de protección de datos de los Estados miembros de la Unión Europea (UE). Así, un Estado comunitario pueda anular la transferencia de datos personales proporcionados a Facebook hacia los servidores situados en Estados Unidos.

La argumentación se basa en que "si las autoridades de control nacionales estuvieran vinculadas en términos absolutos por las decisiones adoptadas por la Comisión, la total independencia de la que gozan con arreglo a la Directiva se vería inevitablemente limitada". 

"Una decisión de la CE juega ciertamente un importante papel en la uniformización de los requisitos de la transferencia en los Estados miembros, pero esta uniformización sólo puede perdurar mientras no se cuestione dicha apreciación, por ejemplo, en el marco de una denuncia que las autoridades nacionales deben examinar en virtud de las facultades de investigación y de prohibición que les reconoce la Directiva", concluye el abogado.

jueves, 2 de julio de 2015

La reforma de protección de datos es clave en el mercado digital


Vera Jourová asegura que la reforma de protección de datos que pretende aprobar la Comisión Europea a finales de este año es la clave para la creación del mercado único digital, ya que incrementará la confianza en la economía digital de Europa, proveerá a las empresas de unas normas modernas y comunes que se aplicarán a todos los proveedores de servicio en la Unión Europea y eliminará formalidades innecesarias como los procedimientos de notificaciones, reduciendo los costes y aplicando conceptos modernos como la privacidad.

Jourová remarca el hecho de que será una única normativa “que se aplicará en los 28 países de la misma manera, reforzando los derechos de los ciudadanos que tendrá el control total de sus datos”. Asegura también que la reforma continúa siendo tan urgente como lo fue hace tres años cuando la Comisión presentó por primera vez la propuesta.

Fuente IT User

martes, 30 de junio de 2015

El uso de drones y el peligro para la privacidad


En pleno auge del uso de drones, las autoridades europeas de protección de datos han aprobado el primer Dictamen conjunto sobre drones.  En el mismo, se pone de manifiesto los riesgos que su utilización plantea para la privacidad y la protección de los datos personales dada su capacidad para captar y procesar datos.

El Dictamen detalla obligaciones que deben cumplirse antes de utilizar un dron, como es la de verificar si es necesaria una autorización específica de las autoridades de aviación civil, encontrar el criterio más adecuado para que el tratamiento sea legítimo o cumplir con los principios de transparencia.

Señala también los riesgos derivados de la potencial falta de transparencia sobre el tratamiento de los datos debido a la dificultad tanto para divisar estos aparatos como para conocer si el dron incorpora el equipo necesario para procesar datos, con qué propósito se están recogiendo y por quién.

En el caso de que los datos sean recogidos por drones para los servicios gubernamentales, debe llevarse a cabo dentro de los fines establecidos en la legislación y no deben ser utilizados para la vigilancia indiscriminada, el tratamiento masivo de datos, o la puesta en común de datos y perfiles.

Por último, el documento incluye recomendaciones dirigidas a todos los sectores implicados en la utilización de drones para que respeten los derechos fundamentales y sugiere la realización de evaluaciones de impacto en la protección de datos. También aconseja que se incluya información suficiente en los dispositivos relativa al "potencial intrusivo de estas tecnologías" así como "mapas que identifiquen claramente dónde está permitido su uso".

jueves, 25 de junio de 2015

La protección de datos en los acuerdos comerciales


Con la aparición del nuevo reglamento europeo sobre protección de datos, se plantea cómo lograr que los acuerdos comerciales respeten las normas dadas las diferentes etapas en las que a día de hoy se encuentran las negociaciones internacionales TTIP y TISA, mientras que las negociaciones de CETA ya han terminado.

El inicio formal de las negociaciones a tres bandas entre las tres instituciones se llevó a cabo ayer, 24 de junio. Los negociadores esperan alcanzar el acuerdo final antes de que termine este año.

La negociación está marcada por dos posiciones opuestas: una según la cual una normativa restrictiva lastraría la competitividad de las empresas europeas frente a las de países ajenos a la UE; y otra a cuyo juicio la protección eficaz de los datos responde a los intereses de los ciudadanos y puede convertirse en una ventaja comercial única para la economía europea.

martes, 23 de junio de 2015

El seguro quiere excepciones en la protección de datos


Como hemos venido comentando en días anteriores, la Unión Europea ha pactado e implementado un nuevo reglamento para la protección de datos. Este texto, sin embargo, no incluye reivindicaciones capitales que la industria aseguradora había trasladado durante el proceso de negociación de los ministros de Justicia de los Veintiocho.

El seguro europeo no está dispuesto a tirar la toalla en su aspiración de que las nuevas normas de protección de datos de la UE introduzcan excepciones relacionadas con las particularidades de la actividad aseguradora.

Así, Insurance Europe, la federación europea de patronales del seguro y el reaseguro, lanzaba un comunicado para expresar su preocupación por la propuesta regulatoria. El jefe de comportamiento del negocio de la organización, William Vidonja, es el portavoz asignado para avisar de los posibles efectos que acarreará no recoger las sensibilidades del seguro en el reglamento europeo.

«Estas normas de protección de datos se diseñaron con los principales motores de búsqueda, los vendedores en línea y plataformas de medios sociales en mente; sin embargo, las aseguradoras y sus consumidores podrían resultar significativamente afectados por ellas», decía Vidonja.

Según sostiene el sector, aspectos de la normativa en trámite, como el derecho al olvido o la revocación del consentimiento, son un obstáculo para las tareas de lucha contra el fraude y para la evaluación de riesgos sobre la que se calculan las primas de las pólizas.

Fuente Expansión