martes, 5 de mayo de 2015

No utilizar la copia oculta puede tener multas de hasta 300.000€

Según el artículo 44.3.k de la LOPD se considera una infracción grave: 
"La comunicación o cesión de los datos de carácter personal sin contar con legitimación para ello en los términos previstos en esta Ley y sus disposiciones reglamentarias de desarrollo, salvo que la misma sea constitutiva de infracción muy grave".

Un claro ejemplo de esta práctica lo encontramos en el envío de un correo electrónico a varios destinatarios sin utilizar la copia oculta.

El artículo 45.2 de la LOPD establece que este tipo de infracciones graves serán sancionadas con una multa de 40.001 a 300.000 euros.

Las sanciones a las empresas por infringir esta norma han sido muchas. La AEPD multó con 3.000 euros a una inmobiliaria por felicitar la Navidad por email a sus contactos sin utilizar la copia oculta.

En su Guía de Recomendaciones a los usuarios de la red, la AEPD recuerda que "la inclusión de datos en directorios de personas accesibles al público en Internet sin las adecuadas medidas de seguridad, supone exponer a los usuarios a que sus datos puedan ser recopilados sin su conocimiento y utilizados para otros fines".

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