Siempre que recojamos datos de carácter personal es muy importante que se tengan en cuenta algunos consejos.
Calidad de los datos
En relación con el ámbito y las finalidades para las que se hayan obtenido, los datos deben ser adecuados, pertinentes y no excesivos. Art. 4 LOPD.
Deber de Secreto
Es imprescindible el sigilo profesional de aquellos que intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos. Art. 10 LOPD.
Información en la recogida de datos y consentimiento del afectado
Es necesario informar previamente a la recogida de los datos, de modo expreso e inequívoco, de la existencia del fichero, del carácter obligatorio o facultativo de los datos, de las consecuencias de la obtención de los datos, de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Así como de la identidad y dirección del responsable del tratamiento del fichero. Art. 5 LOPD.
Del mismo modo, es necesario el consentimiento del afectado salvo que la ley disponga otra cosa. Art. 7 LOPD.
Del mismo modo, es necesario el consentimiento del afectado salvo que la ley disponga otra cosa. Art. 7 LOPD.
Comunicación o cesión de datos
La cesión de datos a terceros sólo será valida para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario, siempre con el previo consentimiento del interesado. Art. 11 LOPD.
Si un tercero, distinto del cedente y el cesionario, accede a los datos deberá constar por escrito o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido.
Si un tercero, distinto del cedente y el cesionario, accede a los datos deberá constar por escrito o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido.
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